Liquidaciones de impuestos
Impuesto de transmisiones patrimoniales
Cuando queremos realizar el cambio de titularidad de un vehículo es necesario presentar ante tráfico la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales ante la hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a la parte compradora del vehículo.
Calculamos y gestionamos directamente, los impuestos en la compraventa de vehículos de segunda mano entre particulares y la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales mediante el modelo 620 o 621 de forma telemática. Te recordamos que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es el impuesto que el comprador del vehículo deberá pagar en lugar del IVA. El Impuesto de Transmisiones es competencia de las comunidades autónomas por tanto su cuantía varía en función de la comunidad en la que realices la liquidación.
Somos la única gestoría con capacidad para presentar liquidaciones de Impuestos de Transmisiones Patrimoniales en todas las Comunidades Autónomas.
Impuesto de matriculación
Cuando uno compra un coche nuevo, como resultado de la primera matriculación del vehículo, debe pagar el impuesto de matriculación. Es uno de esos gastos que acarrea la compra de un coche, si bien se paga únicamente una vez, no como el Impuesto de circulación (el IVTM, o impuesto de vehículos de tracción mecánica), que hay que pagar cada año al Ayuntamiento donde esté registrado el vehículo (en el que indiques en el momento de matricular el coche o se traspasa uno de segunda mano).
El impuesto de matriculación está gestionado por las Comunidades Autónomas, pero no hay diferencias de coste entre unas y otras, ya que la cantidad a pagar depende del volumen de emisiones de CO2 del vehículo, un porcentaje sobre el precio de venta.
El pago del impuesto de matriculación se realiza en la Agencia Tributaria a través de los modelos 576, 06 o 05, según el caso.
Existen diferentes exenciones del impuesto de matriculación y bonificaciones a la hora de pagar dicho impuesto, que pueden suponer un descuento en el importe a liquidar. Por ejemplo, tenemos los siguientes casos:
Los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo pagan solamente el 4% de IVA y además están exentos de tener que abonar el Impuesto de matriculación.
Los vehículos destinados al uso exclusivo de familias numerosas tendrán derecho a la reducción del 50 % en la base imponible del importe del impuesto de matriculación. Deben estar homologados para entre cinco y nueve plazas (incluido el conductor).
Los vehículos mixtos adaptables que cumplan unos determinados requisitos como estar afectos a una actividad económica no tendrán que realizar el pago del Impuesto de Matriculación.
Los coches de importación tienen en ocasiones un precio más económico que en España, incluso de marcas premium y con mucho equipamiento. Pero, antes de decidirte a buscar uno debes tener en cuenta que luego hay que liquidar el Impuesto de matriculación de forma correcta.
Impuesto de circulación
Se trata de un impuesto que deben pagar anualmente los titulares de vehículos y que es gestionado por los Ayuntamientos. Es por ello que el importe dependerá de cada Ayuntamiento, así como de las características del vehículo.
No obstante, pueden existir bonificaciones, por ejemplo a los vehículos agrícolas, vehículos para personas de movilidad reducida o para vehículos históricos o de una antigüedad determinada.
En Gestalde tenemos contacto directo con más de 5.000 municipios, con lo cual podemos liquidar el impuesto de circulación con agilidad y sin intermediarios. Consúltanos para más información.
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